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Mostrando entradas de enero, 2016

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104).-ALEGRE FRANCO, PABLO ANDRÉS con FISCO.-Apelación.-a

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103).-Sentencia de Nulidad.-a

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C/ Alegre Franco, Pablo Andrés Violación de menor de 14 años Rol Nº 111-2014.- (296-2013 del Tribunal de Juicio Oral de La Serena) La Serena, veinticinco de abril de dos mil catorce. VISTOS: En los antecedentes RUC 1200635506-2, RIT O-296-2013, la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por los jueces Jaime Vicente Meza Sáez, quien la presidió, Marco Antonio Flores Leyton y Juan Carlos Espinoza Rojas, por sentencia de veintiséis de diciembre de dos mil trece, absolvió al acusado Pablo Andrés Alegre Franco de los cargos que se le formularon en la acusación fiscal y en la particular, en las que se le atribuyó la calidad de autor de un delito de violación de la persona de su hija menor de catorce años G.A.A.F, supuestamente cometido entre los días 15 y 16 de junio de 2012 y de un delito de violación de la persona de su hijo menor de catorce años N.R.D.A.F., supuestamente cometido en esta ciudad en día indeterminado del mes de junio de

102).-Antecedentes del caso IV a

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Tribunal de lo penal de La Serena En relación al hecho 2: OCTAVO: Que respecto del hecho 2 de la acusación, basado en el presupuesto fáctico y legal de la penetración por vía anal, que habría sufrido el menor Nicolás Alegre Fuentealba, de 6 años y 10 meses de edad, a manos de su progenitor, éste tampoco resultó probado, desde que la prueba técnica rendida por los persecutores para ello, a saber, los informes sexológicos de los médicos legistas Katia Cabrera, y Andrés Rosmanish, resultaron nuevamente inconsistentes y contradictorios entre sí, según se pasa a explicar. En efecto, mientras que en el informe y dichos de la primera en la audiencia, se describen como hallazgos clínicos, dilatación del margen anal con aplanamiento de pliegues como consecuencia de penetraciones anales con un elemento contundente como un pene en erección, en forma reiterada en el tiempo, los que en una ampliación posterior de su informe estimó que correspondían a lesiones antiguas, con una data de

101).-Antecedentes del caso III a

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Tribunal de lo penal de La Serena E n las ocho fotografías que se le exhibieron de su informe, dio cuenta de los hallazgos de las lesiones descritas y de la manipulación mediante tracción con sus dedos que tuvo que hacer, para pesquisarlas. Explicó que varias pueden ser las fuentes de la congestión de la vulva, siendo lo más común la vulvovaginitis por infección, pero que en tal caso deberían haber secreciones, mala higiene, presencia de parásitos, que no era el caso; además aquí hubo levantamiento de un área lateral, que no concuerda con una causa infecciosa, porque la infección es más pareja, y tampoco llega hasta los bordes del himen, por lo que insiste en los frotamientos impúdicos como causa de la congestión que halló, aunque descartando la penetración peneal, porque ésta habría producido desgarros. Explicó que por la inflamación, pudo advertir que el himen era de bordes eritematosos y festoneado, o sea, con bordes irregulares y festón de cortina, pero que otro observado