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26).-LOS DILEMAS DEL JUEZ DE FAMILIA VI a

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FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR CONCLUSIONES 1. El estudio y análisis de los sistemas de justicia reformados no solo debe ser realizado desde una perspectiva dogmática, sino que es igualmente necesario examinarlos desde una perspectiva empírica. Así, gracias a este enfoque que trasciende el texto de la ley y la jurisprudencia, es posible identificar problemas que afectan al funcionamiento del sistema e incluso la misma vigencia de las normas procesales. 2. Ahora bien, el presente trabajo se enfocó en examinar los tribunales de familia desde la perspectiva de sus operadores, en particular de los jueces de familia. Gracias a este enfoque no solo se logró detectar la existencia de labores que suponen problemas para los jueces (relaciones tensas con abogados particulares, no saber cómo escuchar a los niños, prácticas cuestionables al momento de dirigir audiencias y no saber trabajar con partes sin abogados), sino que fue posible identificar algunas de sus causas (desconfianza mu

25).-LOS DILEMAS DEL JUEZ DE FAMILIA V a

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FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR NOTAS * Profesor de Derecho Procesal e Investigador, Facultad de Derecho, Universidad Diego Portales. Abogado y Magíster en Derecho por la Universidad Diego Portales. Master of Science of Law, Stanford University. **  Agradezco a mis colegas de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, profesoras Lidia Casas, Paula Correa, Leonor Etcheverry, Ester Valenzuela y Macarena Vargas, por los comentarios a versiones preliminares de este documento. Igualmente agradezco al profesor de la Universidad Católica de Santísima Concepción Ramón García Odgers por sus sugerencias y comentarios. Obviamente todo error en la presente publicación es de mi exclusiva responsabilidad. 1 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (2005) p. 6. 2 Lidia Casas  et al.  (2006) pp. 5-9. 3 Véase entre otros Fuentes, Marín y Ríos (2010). 4 Entre los primeros destacan Silva  et al.  (2007), Azocar, Casas y Vargas (2008) y Fuentes, Marín y Ríos (2010). Ent

24).-LOS DILEMAS DEL JUEZ DE FAMILIA IV a

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Costica Studineanu appears in court  with attorney Maureen Healy and a prosecutor. Date:  1980 4. REFLEXIONES ACERCA DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA Ciertamente los problemas detectados no son los únicos que enfrentan los jueces de familia. En este sentido para algunos representa un problema lidiar con las falencias de la red social. Con todo, esto parece ser un problema que no depende de los jueces mismos. Para otros jueces es igualmente un problema lidiar con las presiones y plazos que las diversas actas administrativas imponen en ellos, obligándolos a "correr" con el fin de cumplir con las metas. No obstante, para otros jueces la llegada de las actas y sus exigencias es visto como algo positivo, ya que uniforman cargas de trabajo y permiten el mejoramiento de la justicia de familia, tal como estiman los jueces 3 y 4. Ahora bien, los problemas detectados y desarrollados en este texto son aquellos respecto de los cuales existe unanimidad entre los entrevistados o que se re

23).-LOS DILEMAS DEL JUEZ DE FAMILIA III a

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FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR 3. RESULTADOS 3.1.   LA SILLA MUSICAL Como es sabido el paradigma del juez de familia ha sido objeto de una transición cultural importante. Al comienzo de los tribunales de familia muchos jueces, especialmente aquellos que venían de los tribunales de menores, pensaron que se comportarían de la misma manera que antes, controlando en buena medida sus horarios de trabajo. Esta situación no es la que ocurre hoy y parece que los jueces de familia han aceptado, no sin problemas, que muchas de sus prerrogativas previas ya no aplican. Como consecuencia, y de forma contraria a lo que ocurre en otros países, los jueces de familia chilenos tienen poca autonomía respecto de su agenda de trabajo. En el caso de Chile la introducción del administrador de tribunal en los sistemas reformados cooptó este poder con el fin de asegurar que todos tuvieran una carga de trabajo similar y que trabajaran de forma más eficiente 33 . De hecho, los poderes