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Mostrando las entradas etiquetadas como Óscar León

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225).-¿A los jueces? Sí, a los jueces también.-a

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fabiola del pilar gonzález huenchuñir ¿A los jueces? Sí, a los jueces también. 12 febrero 2021 Vegas Roche, José Luís Profesor Universitario Especialista en técnicas de litigación oral Los jueces son –o deben ser- personas con vastos conocimientos del derecho, de las normas sustantivas como las adjetivas, del sistema de juzgamiento, así como de las técnicas de litigación; ya que, ellos son los que vienen llamados a ser los directores de las audiencias. En las vistas se pueden presentar un sinnúmero de situaciones, en las que el juzgador deberá aplicar la sapiencia que posea para de esta manera resolver de manera fundada y motivada los imponderables que se susciten. En el caso del sistema acusatorio, del sistema adversarial o del sistema de partes como igualmente es conocido el método de juzgamiento imperante en la mayoría de los países democráticos, el juez no posee un papel protagónico como si lo tuvo en el vetusto, arcaico y arbitrario sistema inquisitivo. Este método de juzgamiento...

223).-Escuchar activamente, una habilidad del abogado que marca la diferencia.-a

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Carla  Nicol  Vargas Berrios El proceso de construcción de relaciones del abogado requiere un esfuerzo constante de escucha, por lo que una de las herramientas más poderosas de las que dispone, dentro y fuera de una sala de vistas, es su capacidad de escuchar activamente. Escuchar La escucha activa es una técnica o método de escucha y respuesta a otra persona que incrementa la mutua comprensión de los interlocutores a través de un proceso de obtención de información que, respetando las emociones en juego, facilita enormemente la comunicación. Es un proceso que requiere escuchar con atención, empleando literalmente los cinco sentidos, concentrando toda nuestra energía en las palabras del interlocutor, a fin de transmitirle no solo que lo estamos entendiendo, sino que estamos verdaderamente interesados en su mensaje. Los beneficios de la escucha activa son innumerables. A continuación destacamos los más relevantes que, si los consideramos aplicables a la intervención que como ...

221).-Derecho procesal tributario Chile.-jurisprudencia.-a

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16/12/2019 CORTE SUPREMA RECHAZA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA CON LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó solicitud de prescripción de cobro de deuda con la Tesorería General de la República. En fallo unánime (causa rol  3.500-2019 ), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y los abogados (i) Jorge Lagos y María Cristina Gajardo– estableció que las acciones de cobro de impuestos adeudados no se encuentran prescritas. " Que, en este punto resulta importante tener presente que el conflicto jurídico de estos antecedentes ha sido planteado, debatido y decidido en reiteradas ocasiones por esta Corte, asentándose una doctrina clara. En ese sentido, se ha tenido en consideración, respecto de la naturaleza del procedimiento administrativo de cobro de impuestos adeudados, que conforme al Título V, del Libro III del Código Tribut...

209).-¿En qué consiste la autoridad del abogado en sala?.-a

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Carla Nicol Vargas Berrios Entre las diversas acepciones del término autoridad, el diccionario de la Real Academia de la Lengua recoge la siguiente: modo de hacer una cosa o de comportarse que manifiesta una gran seguridad o confianza en quien lo realiza. Esta acepción será la que hoy tomaremos prestada para abordar una de las cualidades esenciales que todo letrado debe alcanzar para convertirse en un buen abogado litigante. Abogado en Sala La autoridad en sala se encuentra íntimamente relacionada con la habilidad que debe manifestar el abogado a fin de transmitir seguridad al conducirse durante todas las fases de la vista; solvencia, demostrando su conocimiento sin fisuras de los hechos y el derecho aplicable; experiencia, manejándose con fluidez ante cualquier incidencia o imprevisto; y personalidad emitiendo un halo de confianza capaz de influir activamente en los distintos actores que intervienen en sala. Disponer y disfrutar de autoridad es un valor que se ...

204).-Consejo Privado de Su Majestad Británica.-a

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Consejo Privado de Su Majestad Británica. Comité Judicial del Consejo Privado. FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR El Muy Honorable Consejo Privado de Su Majestad  es un cuerpo de asesores del soberano británico. Sus miembros son en gran parte políticos de alto nivel, que han sido o son miembros de la Cámara de los Comunes o de la Cámara de los Lores del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El Consejo Privado, sucesor del Consejo Privado de Inglaterra, solía ser una institución poderosa, pero sus decisiones políticas son ahora controladas por uno de sus comités, el Gabinete del Reino Unido. Asesora al soberano sobre el ejercicio de las prerrogativas reales y emite órdenes ejecutivas conocidas como  órdenes en el Consejo. Comité judicial  Comité Judicial del Consejo Privado ,  está formado por jueces superiores que son Consejeros Privados. La decisión del Comité se presenta en forma de  "consejo " al monarca, pero en la práctica siempre es seg...