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Mostrando entradas de febrero, 2017

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120).-Writ of Mandamus (Resolución Judicial ); Juicio de New Jersey v. Chesimard II a

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Writ of   Mandamus fabiola del pilar gonzález huenchuñir Mandamus  es una orden judicial de un tribunal superior a un tribunal inferior u otra rama de gobierno que le ordena hacer algo que la ley exige. El propósito del mandamus es remediar los defectos de la justicia. Se encuentra en los casos en que existe un derecho específico pero no existe un recurso legal específico para hacer cumplir ese derecho. En general, no está disponible en previsión de ninguna lesión, excepto cuando el peticionario pueda verse afectado por un acto oficial en contravención de un deber legal o cuando se dicte una orden ilegal o inconstitucional. La concesión del mandamus es, por lo tanto, un remedio equitativo ; a discreción del tribunal, cuyo ejercicio se rige por principios bien establecidos.  Mandamus es un remedio discrecional, la solicitud debe hacerse de buena fe y no con fines indirectos. La aquiescencia no puede, sin embargo, impedir el tema del mandamus. El peticionario debe, por supuesto, satisf

119).-Procedendo (Resolución Judicial ); Juicio de New Jersey v. Chesimard III a

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fabiola del pilar gonzález huenchuñir En derecho common law,  Procedendo   es uno de los escritos de  Prerogative writ. El recurso   es simplemente una orden de un tribunal de jurisdicción superior a uno de jurisdicción inferior para proceder al juicio. En ningún caso intenta controlar al tribunal inferior en cuanto a cuál debería ser esa sentencia.  El recurso de proceder  ad judicium  fue el primer recurso para la denegación o negligencia de la justicia por parte de los tribunales. Era una orden judicial original, emitida por cancillería a los jueces de cualquier tribunal subordinado, ordenándoles en nombre del rey que procedieran a juicio, pero sin especificar ningún juicio en particular. En caso de desobediencia o de negligencia por parte de los jueces a los que se dirigió, o por la negativa de estos a actuar, fueron castigados por desacato.   Portrait of defendants JoAnne Chesimard and Fred Hilton.Date: circa. 1973 to circa. 1974 Portrait of Justice Theodore Appleby during

118).-habeas corpus​ (Resolución Judicial ); Juicio de New Jersey v. Chesimard IV.-a

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  fabiola del pilar gonzález huenchuñir El habeas corpus​ ​ es una institución jurídica que obliga a que toda persona detenida se la presenté en un plazo preventivo determinado ante un tribunal, quien podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto. El primer documento que establece la necesidad de justificar la detención de un súbdito -bajo las restricciones siguientes: mediante un proceso público, controlado y solo por voluntad del Monarca- fue la Carta Magna, conocida como  Magna Carta Libertatum , elaborada después de tensas y complicadas reuniones en Runnymede (Surrey) entre nobles normandos y la realeza inglesa. Después de muchas luchas y discusiones entre los nobles, finalmente el rey Juan I o Juan Sin Tierra de Inglaterra sancionó la Carta Magna en Londres el 15 de junio de 1215. El primer registro del uso de este recurso contra una autoridad establecida data de 1305, durante el reinado de Eduardo I de Inglaterra, cuando se exigi

117).-Quo warranto (Resolución Judicial ); Juicio criminal "State v. Carter" II a

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fabiola del pilar gonzález huenchuñir fabiola del pilar gonzález huenchuñir Definición de quo warranto Recurso extraordinario que busca una orden judicial para que un funcionario público cese de actuar de una manera  que va más allá de sus facultades autorizadas por ley. Diccionario QUO WARRANTO (Lat., Por qué orden). Una acción legal o procedimiento iniciado para determinar el derecho de un individuo o corporación a un cargo público, franquicia o privilegio, y para que un usurpador sea removido por orden de un tribunal de jurisdicción competente. Se dice que este remedio se originó en el siglo XII en Inglaterra, y originalmente fue iniciado por un mandamiento de q uo warranto en nombre de la Corona, y que ordenó al presunto usurpador que mostrara "por qué orde n" reclamó el derecho o privilegio en pregunta. La investigación fue realizada por una comisión real, y la persona nombrada en el escrito a menudo se vio privada de los derechos que reclamaba sin procedim