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Mostrando entradas de noviembre, 2018

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167).-La narración de los hechos o el pálpito que da vida al alegato.-a

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Carla Nicol Vargas Berrios La narración de los hechos o el pálpito que da vida al alegato La narración es la parte del informe oral en la que exponemos de forma ordenada los hechos no controvertidos y los controvertidos que consideramos han quedado probados, y sobre los que ha de recaer el fallo de la resolución judicial. Por lo tanto, a través de la narración, instruimos al juez en la noticia de los hechos del pleito o la causa. La narración constituye una fase de suma importancia en la división del informe oral, ya que de los hechos que queden probados va a depender el sentido del fallo judicial, por lo que es obvio que durante la narración la atención del tribunal estará concentrada en nuestra exposición, lo que exige el respeto a una serie de principios que han de gobernar esta fase del discurso forense: 1º.- La narración de los hechos, o lo que es lo mismo, el relato objeto de la narración ha de quedar separada de las valoraciones y de los argumentos jurídicos, pues tiempo h

166).-Lo que no debemos hacer los abogados al informar en sala. a

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Carla Nicol Vargas Berrios Lo que no debemos hacer los abogados al informar en sala . El informe oral no deja de ser una fase procesal de notable importancia, aunque este se encuentra cuestionado por jueces y letrados por múltiples razones que, si bien no van a ser objeto de análisis en esta colaboración, están provocando un descrédito que a todos los operadores jurídicos afectados nos urge recuperar y revitalizar. Partiendo de esta consideración, hoy vamos a centrarnos en aquellas conductas que, en ocasiones, llevamos a cabo los abogados y que según me confirman muchos jueces, son causa directa de la pérdida de atención al contenido del informe por parte de su destinatario. Este efecto, absolutamente demoledor para una actuación cuyo exclusivo objeto es persuadir y convencer al juez de la bondad de nuestra pretensión, puede y debe ser eliminado por los abogados litigantes, y para ello bastará con que nos centremos en suprimir una serie de defectos (porque ciertamente así es c