192).-Consejo de Estado de Francia.-a
FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR
Introducción.
El Consejo de Estado tiene su sede en el Palacio Real (Palais-Royal) de París. |
Introducción.
El Consejo de Estado (en francés, Conseil d'Êtat) es una institución pública francesa creada por Napoleón Bonaparte en 1799, con la aprobación de la Constitución del Año VIII, como sustituto de instituciones análogas que existieron durante el Antiguo Régimen. Desde 1875 tiene su sede en el Palais-Royal de París. El Consejo es el órgano consultivo del Gobierno, y funciona además como última instancia de la jurisdicción administrativa.
Como órgano consultivo, Consejo de Estado debe ser consultado por el gobierno antes de tomar determinadas decisiones, principalmente la adopción de proyectos de ley. En su función jurisdiccional, es la última instancia judicial en determinados ámbitos (básicamente, para la resolución de recursos dirigidos contra las decisiones de una autoridad pública). Su vicepresidente, que es de hecho la primera autoridad del Consejo, es también el primer funcionario del Estado: así, presenta al presidente de la República sus respetos en nombre del conjunto de cuerpos constituidos, de la función pública, de la magistratura, de las empresas públicas, etc.
Función
Función
El Consejo de Estado es el asesor del Gobierno para la preparación de los proyectos de ley, de las ordenanzas y de ciertos decretos. Responde igualmente a las solicitudes de dictamen por parte del gobierno sobre las cuestiones de derecho y efectúa, por solicitud de este o por su propia iniciativa, estudios relativos a cualquier cuestión administrativa o a una política pública.
El Consejo de Estado es también el juez administrativo supremo: es el máximo juez de las actividades del poder ejecutivo, de las colectividades territoriales, de las autoridades independientes y de los establecimientos públicos administrativos o de los organismos que disponen de prerrogativas del poder público.
Por su doble función, jurisdiccional y consultativa, el Consejo de Estado asegura el sometimiento efectivo de la administración francesa al Derecho: de esta manera constituye uno de los mecanismos esenciales del Estado de Derecho en nuestro país. Por último, el Consejo de Estado es el administrador general de los tribunales administrativos y
de las Cortes administrativas de Apelación.
El Consejo de Estado ejerce su función de asesor del Gobierno mediante cinco secciones especializadas: la sección del interior, la sección de hacienda, la sección de obras públicas, la sección social así como la sección de la administración que fue creada en 2008. Un ponente se encarga de reunir la información y de estudiar el expediente.
Los representantes de los ministros, que llevan el titulo de comisarios del Gobierno, pueden instruir al Consejo de Estado sobre el alcance general de un texto, las condiciones de su elaboración y las razones que lo motivaron. El proyecto elaborado por el ponente es así sometido al examen de la sección para discusión y voto sobre las modificaciones aportadas.
A esas secciones se suma la asamblea general, que reúne el conjunto de los consejeros de Estado bajo la presidencia del Vice-presidente, que de manera obligatoria debe conocer de la mayoría de los proyectos de ley y de ordenanza. Salvo raras excepciones, los dictámenes del Consejo de Estado no tienen carácter vinculante, aunque de hecho son ampliamente acogidos por el Gobierno. Además de las secciones de consulta encargadas de examinar los textos preparados por el Gobierno se adicionó recientemente la sección de informes y de estudios, que se encarga de la preparación del informe anual, de la coordinación de estudios, de la vigilancia jurídica en Derecho europeo y que sigue las cuestiones vinculadas a la ejecución de las decisiones del Consejo de Estado.
A esta sección se agrega la delegación de Relaciones Internacionales que tiene por misión coordinar las acciones de cooperación iniciadas por el Consejo de Estado y la jurisdicción administrativa, sea dentro de un marco bilateral con numerosas jurisdicciones extranjeras, sea dentro del marco multilateral ofrecido por las asociaciones internacionales de jurisdicciones ( La asociación Internacional de altas jurisdicciones administrativas, La asociación de Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea).
Tribunales administrativos
La jurisdicción administrativa juzga los litigios entre una persona pública y una persona privada (un particular, una asociación, una sociedad) o entre dos personas públicas. Esta competencia ampara múltiples asuntos. Libertades públicas,policía administrativa, impuestos, contratos administrativos, función pública, salud pública, competencia, derecho ambiental, la organización territorial y urbanismo... escalón supremo del orden jurisdiccional administrativo, el Consejo de Estado es el órgano esencial de la relación entre los ciudadanos y los poderes públicos.
Sólo el juez administrativo puede anular o reformar las decisiones tomadas por las autoridades que ejercen el poder ejecutivo, las administraciones centrales o descentralizadas y sus agentes, las colectividades territoriales, o los organismos públicos situados bajo su autoridad o su tutela. Dentro de un contexto en el que se encuentran en juego temas políticos y sociales mayores, los litigios administrativos han aumentado en promedio un 10% anual en estos últimos años.
El Consejo de Estado es también el juez administrativo supremo: es el máximo juez de las actividades del poder ejecutivo, de las colectividades territoriales, de las autoridades independientes y de los establecimientos públicos administrativos o de los organismos que disponen de prerrogativas del poder público.
Por su doble función, jurisdiccional y consultativa, el Consejo de Estado asegura el sometimiento efectivo de la administración francesa al Derecho: de esta manera constituye uno de los mecanismos esenciales del Estado de Derecho en nuestro país. Por último, el Consejo de Estado es el administrador general de los tribunales administrativos y
de las Cortes administrativas de Apelación.
El Consejo de Estado ejerce su función de asesor del Gobierno mediante cinco secciones especializadas: la sección del interior, la sección de hacienda, la sección de obras públicas, la sección social así como la sección de la administración que fue creada en 2008. Un ponente se encarga de reunir la información y de estudiar el expediente.
Los representantes de los ministros, que llevan el titulo de comisarios del Gobierno, pueden instruir al Consejo de Estado sobre el alcance general de un texto, las condiciones de su elaboración y las razones que lo motivaron. El proyecto elaborado por el ponente es así sometido al examen de la sección para discusión y voto sobre las modificaciones aportadas.
A esas secciones se suma la asamblea general, que reúne el conjunto de los consejeros de Estado bajo la presidencia del Vice-presidente, que de manera obligatoria debe conocer de la mayoría de los proyectos de ley y de ordenanza. Salvo raras excepciones, los dictámenes del Consejo de Estado no tienen carácter vinculante, aunque de hecho son ampliamente acogidos por el Gobierno. Además de las secciones de consulta encargadas de examinar los textos preparados por el Gobierno se adicionó recientemente la sección de informes y de estudios, que se encarga de la preparación del informe anual, de la coordinación de estudios, de la vigilancia jurídica en Derecho europeo y que sigue las cuestiones vinculadas a la ejecución de las decisiones del Consejo de Estado.
A esta sección se agrega la delegación de Relaciones Internacionales que tiene por misión coordinar las acciones de cooperación iniciadas por el Consejo de Estado y la jurisdicción administrativa, sea dentro de un marco bilateral con numerosas jurisdicciones extranjeras, sea dentro del marco multilateral ofrecido por las asociaciones internacionales de jurisdicciones ( La asociación Internacional de altas jurisdicciones administrativas, La asociación de Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea).
Tribunales administrativos
La jurisdicción administrativa juzga los litigios entre una persona pública y una persona privada (un particular, una asociación, una sociedad) o entre dos personas públicas. Esta competencia ampara múltiples asuntos. Libertades públicas,policía administrativa, impuestos, contratos administrativos, función pública, salud pública, competencia, derecho ambiental, la organización territorial y urbanismo... escalón supremo del orden jurisdiccional administrativo, el Consejo de Estado es el órgano esencial de la relación entre los ciudadanos y los poderes públicos.
Sólo el juez administrativo puede anular o reformar las decisiones tomadas por las autoridades que ejercen el poder ejecutivo, las administraciones centrales o descentralizadas y sus agentes, las colectividades territoriales, o los organismos públicos situados bajo su autoridad o su tutela. Dentro de un contexto en el que se encuentran en juego temas políticos y sociales mayores, los litigios administrativos han aumentado en promedio un 10% anual en estos últimos años.
Tribunales Administrativos de Primera Instancia, y Segunda Instancia.
Los Tribunales administrativos (48) y los Tribunales administrativos de apelación (8) están organizados en salas, cuyo número y especialización varían dependiendo del personal del órgano jurisdiccional y de las modalidades de organización interna elegidas por el jefe de jurisdicción.
Por su parte, el Consejo de Estado consta de una sola sección (la Sección de lo contencioso) encargada de una misión jurisdiccional (las demás secciones, denominadas «administrativas», desempeñan la función consultiva del Consejo de Estado).
La Sección de lo contencioso está integrada por diez subsecciones, especializadas en determinadas materias contenciosas. La formación de juicio de Derecho común es la constituida por dos subsecciones (nueve miembros); si el asunto es más delicado o sensible, puede ser juzgado en sección de lo contencioso (reunión de los presidentes de subsecciones, el presidente de la sección y sus presidentes adjuntos; diecisiete miembros) o en asamblea de lo contencioso (reunión de los presidentes de sección presidida por el vicepresidente del Consejo de Estado; trece miembros).
El Consejo de Estado está encargado del manejo de los tribunales administrativos y de las cortes administrativas de apelación y de ciertas jurisdicciones especializadas (como la Corte Nacional del derecho de asilo).
Consejo superior de los tribunales administrativos.
Par administrar el cuerpo de la magistratura, el Consejo está asistido por un órgano de consulta independiente, el Consejo superior de los tribunales administrativos y las cortes administrativas de apelación (CSTA).
Presidido por el Vice-presidente del Consejo de Estado y compuesto de los miembros del Consejo de Estado, de directores de la administración central, de los representantes elegidos por los magistrados administrativos y de tres personas calificadas, está llamado a pronunciarse sobre la carrera de los magistrados administrativos y sobre el conjunto de los proyectos de textos que conciernen la justicia administrativa.
Por sus tareas y su composición, el CSTA constituye una garantía muy importante de la independencia de los magistrados administrativos. Estos son inamovibles.
La gestión de los escribanos es compartida por el Consejo de Estado y el ministerio del Interior. Aunque los empleos a los cuales son afectados en las jurisdicciones administrativas dependen del Consejo de Estado, en realidad estos funcionarios pertenecen de hecho al marco general de las Prefecturas o al de la administración central del ministerio del Interior.
Por último, el Consejo de Estado asegura la gestión del presupuesto de los tribunales, administrativos y de las cortes administrativas de apelación. Procede particularmente a la repartición de los recursos en materia de inversiones inmobiliarias y de equipos de informática.
Por lo tanto un importante programa de realojamiento, de extensión o de renovación de los locales ,de las jurisdicciones es llevado a cabo desde hace varios años, y un sistema informático moderno de gestión de expedientes contenciosos ha sido desplegado en de los tribunales administrativos y en las cortes administrativas de apelación.
Los miembros
Primer órgano del Estado, el Consejo de Estado comprende cerca de 300 miembros contratados sea por concurso, sea por vía externa. En promedio, cinco cargos de auditor son propuestos cada año a los alumnos mejor clasificados al término dela Escuela Nacional de Administración (ENA).
Al cabo de cuatro años en ese grado, los auditores son promovidos comorelatores del Consejo de Estado y al término de doce años en ese cargo ascienden a la posición de Consejeros de Estado. La promoción interviene exclusivamente por antigüedad, lo que constituye una importante garantía de independencia.
Al reclutamiento por concurso se suma la vía externa: uno de cada cuatro relatores del Consejo de Estado y uno década tres Consejeros de Estado son escogidos por el gobierno entre personalidades externas a la corporación. Una parte de las nominaciones por la vía externa está reservada a los miembros de los tribunales administrativos y de las cortes administrativas de apelación por proposición del Vice-presidente del Consejo de Estado. Además, el Consejo de Estado cuenta con consejeros de Estado en servicio extraordinario, nombrados por cuatro años y que son miembros de las secciones administrativas únicamente. La vía externa y el servicio extraordinario enriquecen el Consejo de Estado con una valiosa diversidad de experiencias y de competencias.
Los miembros son nombrados simultánea o sucesivamente en la sección de lo contencioso (juez supremo del orden administrativo) y en una sección administrativa (Consejo del Gobierno). Ciertos colegas escogen trabajar fuera del Consejo de Estado, por ejemplo para trabajar al lado del Presidente de la República, del Primer ministro o de otros miembros del Gobierno. Pueden igualmente estar temporalmente en una comisión de servicios para ocupar cargos elevados en la administración francesa.
Ciertos Consejeros de Estado actúan como juez nacional en las más altas jurisdicciones internacionales(Corte Internacional de Justicia, Corte de Justicia de las Comunidades europeas, Corte europea de los derechos del Hombre).
Por último, ciertos colegas piden ser declarados excedentes, particularmente con el fin de ejercer, durante cierto tiempo, funciones en el sector privado.
La planta
Los miembros activos del Consejo de Estado son asistidos cotidianamente por 350 agentes - encargados del secretariado y de funciones administrativas - cuando no había sino 150 hace 30 años.
Desde entonces el Consejo de Estado ha sido encargado de asumir cargas que se han más que duplicado en términos de consulta y de contenciosos y administra el conjunto de las cortes administrativas de apelación y de los tribunales administrativos es decir, en conjunto, cerca de 2500 magistrados y funcionarios.
Por último, ciertos colegas piden ser declarados excedentes, particularmente con el fin de ejercer, durante cierto tiempo, funciones en el sector privado.
La planta
Consejero de Estado y napoleón. |
Los miembros activos del Consejo de Estado son asistidos cotidianamente por 350 agentes - encargados del secretariado y de funciones administrativas - cuando no había sino 150 hace 30 años.
Desde entonces el Consejo de Estado ha sido encargado de asumir cargas que se han más que duplicado en términos de consulta y de contenciosos y administra el conjunto de las cortes administrativas de apelación y de los tribunales administrativos es decir, en conjunto, cerca de 2500 magistrados y funcionarios.
una de las grandes instituciones de Francia, nacida por la revolución francesa, tiene 200 años
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