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141).-Abogado, no preguntes al testigo si no conoces la respuesta. a

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ana karina gonzalez huenchuñir fabiola del pilar gonzález huenchuñir Consejos para la preparación del juicio oral  En post anteriores hemos analizado la importancia de la preparación del juicio como si de un proyecto se tratara. En tal sentido tratamos la importancia de llevar a cabo dicha preparación siguiendo unos patrones de trabajo muy metódicos que nos permitieran cubrir todas las fases necesarias para llegar al día del señalamiento con el caso perfectamente preparado. Expuesta dicha necesidad de organizar y estructurar la preparación del juicio oral, hoy nos vamos a centrar en examinar   las diversas fases de preparación   que podemos seguir sobre la base de este principio organizativo: Antelación en la preparación del juicio oral La antelación con la que vamos a preparar el juicio oral va a depender naturalmente de la complejidad del asunto (no es lo mismo una sencilla reclamación de cantidad sin una oposición sólida que una acción reivindicatoria). No obstante, ...

140).-¿Cómo debe responder un testigo a un interrogatorio hostil y/o amigable? a

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Carla Nicol Vargas Berrios fabiola del pilar gonzález huenchuñir El empleo de las figuras retóricas en el alegato: de la paradoja a la ironía (I) El adecuado empleo de los denominados recursos oratorios o figuras retóricas constituye materia que parece olvidada por muchos oradores, quienes no se detienen en su estudio o análisis al considerar que desde su estudio a edad temprana las mismas ya fueron debidamente asimiladas, siendo una pérdida de tiempo detenerse en lo ya aprendido y en lo que, además, se manifiesta de forma natural durante la exposición del alegato. Nosotros, discrepamos de dicho planteamiento, pues todo orador que pretenda implicarse seriamente en las reglas de la oratoria forense debe conocer las figuras existentes y saber identificarlas para, a la hora de preparar su exposición, introducirlas en su alegato con el fin de presentar las ideas del mismo de forma que alcance una mayor riqueza expresiva y fuerza persuasiva. A mayor abundamiento, es un hecho fácilment...

139).-Derecho procesal en los Estados Unidos y Inglaterra; Juicio de New Jersey v. Chesimard I a.-

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Introducción. Los tres principales sistemas jurídicos del mundo: I.- Common Law fabiola del pilar gonzález huenchuñir juez ingles  Common Law: King’s Courts (Siglo XI-XIII):  orígenes en Derecho consuetudinario y evolución hacia un Judge-made law o derecho jurisprudencial La expresión “ Common Law”  no se debe nunca traducir porque no existe una traducción literal aplicable. La traducción como Derecho consuetudinario es incorrecta; es cierto que el Common Law en su formación inicial, siglos XI / XIII, tuvo un importante componente consuetudinario, pero es un rasgo histórico, actualmente el Common Law no es un Derecho consuetudinario. El Common Law tiene un origen jurisprudencial: en esos siglos de formación del Common Law lo que ocurre es que sobre una base de costumbre en Inglaterra se crea una jurisprudencia, y ese conjunto de sentencias, de jurisprudencia, forma un nuevo sistema jurídico que se aparta de lo habitual en el resto de Europa, s...