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169).-El alegato y la atención del juez, ¿una ecuación de frágil equilibrio? a

Carla Nicol Vargas Berrios


El alegato y la atención del juez, ¿una ecuación de frágil equilibrio?

Una de las experiencias profesionales con la que más he disfrutado durante estos últimos años ha sido la posibilidad de examinar a alumnos a través de la revisión de sus alegatos grabados en soporte digital, todo ello en el marco del Master de la Abogacía y del Curso de Experto en Litigación de la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR). A través de esta práctica, escucho al alumno mientras expone su informe sobre un caso práctico, y ello con el fin de evaluar aspectos tales como su expresión verbal y no verbal, su capacidad de concreción, argumentación, valoración probatoria, concisión, brevedad, etc.

A la hora de realizar la evaluación, y dado que considero fundamental prestar a cada alumno la misma atención y dedicación, me veo obligado a detenerme y darme un tiempo para volver más tarde a continuar con las revisiones, pues llega un momento en el que me cuesta prestar la debida atención, y creo que, de seguir sin solución de continuidad, probablemente estaría haciendo mal mi trabajo y perjudicando al alumno, pues es lógico pensar que sería injusto con aquellos a los que evaluara menos descansado.

Esta experiencia, aunque diferente, me ha hecho pensar en el papel que desarrollan los jueces cuando escuchan los alegatos de los abogados, y reconozco que necesitan estar revestidos de una capacidad de escucha activa y paciencia extraordinarias, pues en las condiciones actuales de funcionamiento de nuestros juzgados (y con ello me refiero a la acumulación de asuntos, señalamiento de vistas, duración de las jornadas con vistas, etc.), lo cierto es que si carecieran de dichas habilidades, difícilmente realizarían su trabajo de forma efectiva.

Podrá decirse que “escuchar” es precisamente una de las partes esenciales del trabajo de un juez, pero hemos de admitir que en las condiciones antes referidas, no es descabellado pensar que, hoy en día, aquella constituye una actividad compleja y difícil, máxime bajo la preeminencia del principio de oralidad (interrogatorios de partes, testigos, peritos, etc.).

Lo anterior me lleva reflexionar sobre la necesidad de concienciarnos sobre la importancia de realizar los informes orales siguiendo unos parámetros de claridad, sencillez, concisión, flexibilidad, argumentación y otras condiciones que garanticen que el juez preste la debida atención y, con ello la posibilidad de persuadirlo sobre la bondad de nuestra pretensión. En esta cuestión hemos de ser realistas, y reconocer, como lo hacen los jueces y muchos compañeros, que los abogados, en ocasiones, cometemos notables errores en el contenido y exposición de nuestros informes orales (este tema lo traté en siguiente artículo https://oscarleon.es/que-podemos-hacer-los-abogados-para-revitalizar-el-informe-oral/ )

En consecuencia, y partiendo de que los abogados en nuestra sociedad desempeñamos la función de garantizar que se respete el Estado de Derecho y los intereses de aquellos a los que defienden, (lo que le otorga a nuestra profesión una dimensión pública y social como participes y cooperadores con la Administración de Justicia, artículos 24.2 y 17.3 de la Constitución), como tales operadores jurídicos, hemos de contribuir al mejor funcionamiento de la justicia y a la mejor defensa de los intereses de nuestros clientes; y ello, en el caso que nos ocupa, sólo se logra mejorando las técnicas que, adaptadas al actual escenario, nos permitan construir y exponer nuestros alegatos de forma que puedan obtener la indispensable atención del juez y alcanzar su objetivo.

Esta necesidad, debe ser correlativa y pareja a la que tienen los jueces de comprender que asuntos que llevan preparándose durante un largo periodo de tiempo (a veces hasta años) y que recogen un conflicto con intereses personales y/o económicos de primera importancia para el justiciable, no pueden resolverse cercenando el derecho de defensa a través de medidas que debiliten de alguna forma este principio, poniendo límites injustificados al mismo. Y que nadie se rasgue las vestiduras, pues todos sabemos que, al igual que nos encontramos con alegatos que dejan mucho que desear, también en ocasiones, algunos jueces adoptan medidas ciertamente restrictivas con independencia de la calidad del informe de los letrados.

Lógicamente, esta recíproca obligación es hoy muy necesaria, pero de mejorarse el escenario (aspiración de ambos colectivos), seguirá teniendo la misma validez, pues de lo que se trata es de mejorar nuestra Justicia y garantizar una mejor defensa a nuestros patrocinados.

Difícil ecuación, ¿verdad?… En todo caso, nosotros como uno de los miembros de la misma, no podemos menos que hacer todo lo posible para mejorar el frágil equilibrio del panorama actual.

 

Distintas perspectivas en la preparación del juicio oral.

La semana pasada organizamos en el despacho un curso interno dedicado a la preparación del juicio oral en el orden civil. Cada asistente preparó su esquema de trabajo habitual y lo fue exponiendo al resto de compañeros. Luego, una vez hubieron participado todos, procedimos a comentar las divergencias existentes, concluyendo en un modelo ideal para la preparación del juicio oral.

Sala vacía de un juzgado
Lo sorprendente del experimento, pues así podría denominarse, reside en que comprobamos que la práctica de cada abogado era completamente diferente, existiendo diferencias sustanciales en relación, al menos, con los siguientes aspectos:

La antelación temporal en la que comienza la preparación del juicio.
La comprobación de la efectiva citación de testigos y peritos.
El orden de preparación de los interrogatorios y el informe oral
La visualización de la audiencia previa.
El contenido del informe oral.
La forma de documentarse el informe oral (informe completo o guión)
El conocimiento del juez que va a dirigir el juicio.
El momento de reunirse con las personas intervinientes en el juicio.
El feedback tras la celebración del juicio.
Estas diferencias se manifestaron no sólo en la distinta forma de gestionar alguno de dichos trámites, sino igualmente en cuanto a que, en ocasiones, éstos se omitían completamente.

La pregunta que nos hicimos fue ¿Seríamos más eficaces si modificáramos nuestra forma de preparar el juicio oral incorporando nuevos trámites o suprimiendo algunos innecesarios? ¿Es suficiente con lo que venimos haciendo para preparar eficazmente el juicio oral?

Como siempre, la respuesta a esta cuestión es muy compleja, dado que como todos sabemos, en la preparación del juicio oral intervienen múltiples factores que van a condicionar la misma. A modo de ejemplo influirá nuestro estado anímico, motivación por el asunto, escasez de tiempo para la preparación del mismo, etc…,  circunstancias éstas que indudablemente repercutirán en la calidad de la preparación. Ahora bien, lo cierto es que la organización del proceso de preparación del juicio partiendo de unos principios de racionalidad pueden ayudarnos a ser más eficaces, ya que a través del establecimiento de unos hitos sucesivos que conduzcan a un objetivo final (una intervención óptima en el juicio),  nos permitirá lograr, al menos, los siguientes objetivos:

1º.- Preparación de nuestra intervención (interrogatorios e informe oral) con un sólido conocimiento de los hechos debatidos y de la fundamentación jurídica aplicable.

2º.- Ahorro del tiempo que, al faltar el necesario orden, perdemos durante el proceso de preparación.

3º.- Sensación de eficacia y efectividad que nos ayudará a continuar con la preparación del mismo.

4º.- Mayor resistencia a ceder ante otras tareas o compromisos que, frente a nuestro objetivo serán considerados como ladrones del tiempo.

5º.- Seguridad antes y durante el juicio, reduciendo los niveles de temor escénico (para los abogados más nóveles) o excesiva tensión (abogados más expertos).

6º.- Reducción al máximo de situaciones de falta de reacción ante posibles imprevistos.

Sirva por tanto este post como anticipo de otro futuro en el que expondremos con detalle la estructura que consideramos más ajustada a la preparación eficaz del juicio oral.

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