Carla Nicol Vargas Berrios La teoría nos enseña que en un ordenamiento jurídico como el chileno, gracias a la reforma judicial al comienzo de siglo XXI, en cuyos procesos judiciales prevalece el principio de oralidad, el conocimiento, aprendizaje y puesta en práctica de las normas esenciales de la oratoria es imprescindible para los abogados del siglo XXI. Pero, la cuestión que se nos antoja fundamental es conocer los beneficios que la oratoria nos aporta en la práctica, máxime cuando esta cuestión suele resolverse con una sencilla (aunque insuficiente) remisión a la capacidad de persuadir y convencer que otorga la oratoria. Y decimos insuficiente, pues como veremos, las ventajas y beneficios que nos brinda a los abogados el conocimiento de las reglas oratorias van más allá de su propia finalidad persuasiva. En este post, a modo de decálogo, vamos a examinar los beneficios que nos aporta la oratoria forense, que no olvidemos, es el género de la oratoria practicada en...