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Mostrando entradas de mayo, 2014

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41).- Ley concursal CAPÍTULO VII DEL ARBITRAJE CONCURSAL

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Carla Nicol Vargas Berrios CAPÍTULO VII      DEL ARBITRAJE CONCURSAL            Artículo 295.- Constitución del arbitraje. Podrán ser sometidos a arbitraje los Procedimientos Concursales de Reorganización y Liquidación.      En el Procedimiento Concursal de Reorganización, el Deudor manifestará su voluntad de someterse a arbitraje, acompañando al tribunal competente, junto con los antecedentes singularizados en el artículo 56 de esta ley, las cartas de apoyo suscritas por acreedores que representen a lo menos la mayoría absoluta del pasivo del deudor, las cuales indicarán el nombre de los árbitros titular y suplente designados por los acreedores y sus honorarios.      En el Procedimiento Concursal de Liquidación, la Junta Constitutiva referida en el artículo 193 de esta ley o cualquier Junta posterior podrá acordar, con Quórum Especial, someterse a arbitraje, designar a los árbitros tit...

40).-Ley concursal CAPÍTULO VI DE LAS ACCIONES REVOCATORIAS CONCURSALES

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FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR CAPÍTULO VI      DE LAS ACCIONES REVOCATORIAS CONCURSALES              Título 1. De los actos ejecutados o contratos suscritos por Empresas Deudoras              Artículo 287.- Revocabilidad objetiva. Iniciados los Procedimientos Concursales de Reorganización o de Liquidación, los acreedores podrán y el Veedor o el Liquidador, en su caso, deberá deducir acción revocatoria concursal respecto de los siguientes actos ejecutados o contratos celebrados por la Empresa Deudora dentro del año inmediatamente anterior al inicio de estos procedimientos:      1) Todo pago anticipado, cualquiera fuere la forma en que haya tenido lugar. Se entiende que la Empresa Deudora anticipa el pago también cuando descuenta efectos de comercio o facturas a su cargo y cuando lo realiza renunciando al plazo estipulado en su favor.     ...